LexTotal

Legislación › Ley

Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.

Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 16 de diciembre de 1998 · Último cambio el 17 de marzo de 2012 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Ámbito objetivo.
  6. Artículo 2. Límites y consecuencias del incumplimiento.
  7. Artículo 3. Duración.
  8. CAPÍTULO II
  9. Sección 1ª
  10. Artículo 4. Constitución del régimen.
  11. Artículo 5. Escritura reguladora.
  12. Artículo 6. Inscripción del régimen y su modificación.
  13. Artículo 7. Seguro.
  14. Sección 2ª
  15. Artículo 8. Información general. 3 redacciones · cambió el 31/12/2001
  16. Artículo 9. Contenido mínimo del contrato. 3 redacciones · cambió el 31/12/2001
  17. Artículo 10. Desistimiento y resolución del contrato. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
  18. Artículo 11. Prohibición de anticipos.
  19. Artículo 12. Régimen de préstamos a la adquisición.
  20. Artículo 13. Resolución por falta de pago de las cuotas.
  21. Artículo 14. Formalización notarial y publicidad registral del contrato. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
  22. Artículo 15. Facultades del titular de derechos de aprovechamiento por turno.
  23. CAPÍTULO III
  24. Artículo 16. Incumplimiento de los servicios.
  25. Artículo 16 bis. Acción de cesación
  26. TÍTULO II
  27. Artículo 17. Ámbito de aplicación.
  28. Artículo 18. Impuesto sobre el Patrimonio.
  29. Artículo 19. Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto General Indirecto Canario. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
  30. Artículo 20. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  31. Disposición adicional primera. Organizaciones de consumidores y usuarios.
  32. Disposición adicional segunda. Imperatividad de la Ley. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
  33. Disposición adicional tercera. Regímenes fiscales forales.
  34. Disposición transitoria primera. Promoción y transmisión.
  35. Disposición transitoria segunda. Regímenes preexistentes.
  36. Disposición transitoria tercera. Incumplimiento de la obligación de adaptación.
  37. Disposición final única. Competencia constitucional.
  38. Firma