Legislación › Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.
CAPÍTULO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de enero de 1999 y la del 18 de noviembre de 2002.
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CAPÍTULO III
Incumplimiento de los servicios y acción de cesación
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de noviembre de 2002 En vigor | BOE-A-2002-20855 | Leer | Qué cambió |
| 5 de enero de 1999 | Texto original | Leer |


