LexTotal

Legislación › Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, por el que se regulan los pagos a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

Artículo 21. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario.

Artículo 21. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.1.g) del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero. BOE-A-1999-3251.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de febrero de 1999 En vigor BOE-A-1999-3251 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 Texto original Leer

← Artículo 20 Índice Artículo 22 →