Legislación › Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.
Artículo 13. Retribución de la actividad de distribución.
Artículo 13. Retribución de la actividad de distribución.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 222/2008, de 15 de febrero. BOE-A-2008-5159
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de marzo de 2008 En vigor | BOE-A-2008-5159 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | Texto original | Leer |


