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Legislación › Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.

Artículo 20. Retribución global de la actividad de distribución.

Artículo 20. Retribución global de la actividad de distribución.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 222/2008, de 15 de febrero. BOE-A-2008-5159

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 43, de 19 de febrero de 1999. BOE-A-1999-4184

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de marzo de 2008 En vigor BOE-A-2008-5159 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 Texto original Leer

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