Legislación › Orden de 18 de diciembre de 1998 por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias.
preambulo
Los funcionarios de Instituciones Penitenciarias han utilizado siempre el uniforme en el desempeño de su trabajo, aunque esta uniformidad ha sufrido numerosas modificaciones a lo largo del tiempo.
Las últimas modificaciones de la legislación penitenciaria han creado un vacío legal en algunos aspectos, que debido a las peculiaridades de la actividad laboral penitenciaria y a la incidencia que tienen en el lugar de trabajo es necesario regular. La exigencia de uniformidad, motivada por razones de imagen, funcionalidad, seguridad, identificación con el puesto de trabajo y garantía de los empleados públicos penitenciarios, hacen necesario establecer, de forma precisa, el uso del uniforme, emblemas y los distintivos durante la prestación del servicio.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece en su artículo 35.b) que los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen, entre otros, el derecho a identificar a las autoridades y al personal. Procede, por ello, la definición de unos criterios para adaptar esta identificación a las peculiaridades de Instituciones Penitenciarias, así como a las funciones realizadas por su personal.
En virtud de lo anterior y a propuesta de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, dispongo:
Del uniforme, emblemas y distintivos de identificación


