Legislación › Orden de 18 de diciembre de 1998 por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias.
Primero. Uniforme.
Primero. Uniforme.
a) Los empleados públicos penitenciarios, como norma general, deberán usar el uniforme durante el servicio, si bien, en razón a las funciones de determinados puestos de trabajo, se podrán establecer las oportunas excepciones.
b) Los funcionarios de Instituciones Penitenciarias, cuando vistan de uniforme, llevarán los emblemas y distintivos de su Cuerpo.
c) El uniforme, los emblemas y los distintivos serán proporcionados por la Administración Penitenciaria.


