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Legislación › Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre drogas, para la prevención, asistencia e integración social.

Artículo 27. Objetivos generales.

Artículo 27. Objetivos generales.

Las actuaciones desarrolladas en el proceso de integración social de drogodependientes en la Región de Murcia estarán encaminadas a la consecución de los siguientes objetivos:

1. Facilitar el acceso de los drogodependientes a los recursos sociales normalizados.

2. Propiciar el desarrollo de programas específicos dirigidos a conseguir la integración social de drogodependientes.

3. Movilizar a la sociedad en la intervención comunitaria en drogodependencias.

4. Favorecer un cambio de actitudes en la población general que mejore la percepción social de los drogodependientes.

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