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Legislación › Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre drogas, para la prevención, asistencia e integración social.

Artículo 31. Contenido del plan.

Artículo 31. Contenido del plan.

1. El Plan Regional sobre Drogas contemplará en su redacción, al menos, los siguientes elementos:

a) Criterios básicos de actuación.

b) Objetivos generales y específicos por áreas de actuación.

c) Responsabilidades y funciones de las Administraciones públicas, entidades privadas e instituciones.

d) Vigencia y calendario de actuaciones.

e) Mecanismos de evaluación.

f) Descripción del dispositivo asistencial.

g) Recursos necesarios para ejecutar el Plan.

2. Esta planificación deberá coordinarse con otros planes sanitarios y sociales relacionados.

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