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Legislación › Real Decreto 176/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad pública empresarial Correos y Telégrafos.

Artículo 26. Contabilidad.

Artículo 26. Contabilidad.

La Entidad ajustará su contabilidad a lo previsto en la legislación postal que le sea aplicable y en el Título VI del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, a las disposiciones del Código de Comercio, a las que se dicten en su desarrollo y al Plan General de Contabilidad.

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