Legislación › Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre reclamaciones tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 22. Recurso contencioso-administrativo.
Artículo 22. Recurso contencioso-administrativo.
Las resoluciones de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón pondrán fin a la vía administrativa y serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción competente.
Se modifica por el art. 16.2 de la Ley 13/2009, de 30 de diciembre. BOE-A-2010-2164
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2010 En vigor | BOE-A-2010-2164 | Leer | Qué cambió |
| 19 de marzo de 1998 | Texto original | Leer |


