Legislación › Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Artículo 2. Delegaciones de Economía y Hacienda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 2000 y la del 5 de octubre de 2022.
Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 2. Delegaciones de Economía y Hacienda.
1. (Derogado) (Derogado)
2. Las Delegaciones del Instituto Nacional de Estadística (INE) se adscriben orgánicamente a las Delegaciones de Economía y Hacienda; sin perjuicio de la dependencia funcional del Organismo autónomo al que pertenecen.
3. (Derogado)
4.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-16198 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2000 | BOE-A-2000-12970 | Leer | Qué cambió |
| 15 de marzo de 1998 | Texto original | Leer |


