Legislación › Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Disposición transitoria segunda. Continuidad en el ejercicio de las funciones de las Delegaciones Provinciales del Instituto Nacional de Estadística.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de marzo de 1998 y la del 27 de marzo de 2015.
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Disposición transitoria segunda. Continuidad en el ejercicio de las funciones de las Delegaciones Provinciales del Instituto Nacional de Estadística.
Las Delegaciones Provinciales del Instituto Nacional de Estadística del grupo 1, contenidas en el anexo del Real Decreto 732/1993, de 14 de mayo, en la redacción dada por el artículo 2 del Real Decreto 1468/1995, de 1 de septiembre, continuarán ejerciendo las funciones de ámbito supraprovincial allí indicadas, en tanto que la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística considere, con criterios de funcionalidad estadística, mantener la actual estructura territorial. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de marzo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3219 | Leer | Qué cambió |
| 15 de marzo de 1998 | Texto original | Leer |
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