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Legislación › Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Chile y Acuerdo Administrativo para su aplicación, hechos ambos en Madrid el 28 de enero de 1997.

Artículo 44. Terminación del Convenio firmado el 9 de marzo de 1977.

Artículo 44. Terminación del Convenio firmado el 9 de marzo de 1977.

1. El Convenio de Seguridad Social entre España y Chile de 9 de marzo de 1977 dejará de tener efecto a partir de la entrada en vigor de este Convenio.

2. El presente Convenio garantiza los derechos adquiridos al amparo del Convenio citado en el apartado anterior.

Redactado conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 103, de 30 de abril de 1998. BOE-A-1998-10119

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