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Legislación › Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Artículo 5. Órganos de dirección.

Artículo 5. Órganos de dirección.

Son órganos de dirección del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras el Consejo Rector, el Presidente, que será el Secretario de Estado de Energía y el Director general, que será el Director General de Política Energética y Minas.

Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 1038/2009, de 29 de junio. BOE-A-2009-10758.

Se modifica por la disposición final 3 del Real Decreto 1182/2008, de 11 de julio. BOE-A-2008-12145.

Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio. BOE-A-2004-12016.

Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio. BOE-A-2000-13703.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2009 En vigor BOE-A-2009-10758 Leer Qué cambió
16 de julio de 2008 BOE-A-2008-12145 Leer Qué cambió
26 de junio de 2004 BOE-A-2004-12016 Leer Qué cambió
20 de julio de 2000 BOE-A-2000-13703 Leer Qué cambió
29 de marzo de 1998 Texto original Leer

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