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Legislación › Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario de la Ley.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario de la Ley.

Se faculta al Gobierno de Aragón para aprobar las normas reglamentarias de desarrollo de esta Ley.

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