LexTotal

Legislación › Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

El Departamento de Economía, Hacienda y Fomento habilitará los créditos que sean necesarios para garantizar la plena puesta en funcionamiento del Instituto Aragonés de Empleo, dentro de las disponibilidades presupuestarias.

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →