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Legislación › Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias.

Artículo 22. Sujetos pasivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 1999 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 22. Sujeto pasivo y responsable.
Uno. Es sujeto pasivo obligado al pago de la tasa el armador del buque. buque o la mercantil o persona que desarrolle la actividad de explotación de instalación de acuicultura marina. En caso de entrar por tierra, tendrá esta condición el propietario o transportista.
Dos. Es responsable subsidiario el primer comprador de la pesca, salvo que demuestre haber soportado la repercusión. pesca o de las especies de acuicultura marina en caso de su venta en lonja.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2005 En vigor BOE-A-2005-2357 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-2433 Leer Qué cambió
8 de abril de 1999 Texto original Leer

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