Legislación › Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias.
Artículo 22. Sujetos pasivos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 1999 y la del 1 de enero de 2004.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras).
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Artículo 22. Sujeto pasivo y responsable.
Uno. Es sujeto pasivo obligado al pago de la tasa el armador del buque. buque o la mercantil o persona que desarrolle la actividad de explotación de instalación de acuicultura marina. En caso de entrar por tierra, tendrá esta condición el propietario o transportista.
Dos. Es responsable subsidiario el primer comprador de la pesca, salvo que demuestre haber soportado la repercusión. pesca o de las especies de acuicultura marina en caso de su venta en lonja.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2005-2357 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2004-2433 | Leer | Qué cambió |
| 8 de abril de 1999 | Texto original | Leer |


