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Legislación › Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias.

Artículo 39. Sujetos pasivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 1999 y la del 1 de enero de 2005. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 39. Sujeto pasivo y responsable. Sujetos pasivos.
Uno. Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa, con carácter solidario, los peticionarios y usuarios de los correspondientes servicios.
Dos. Son responsables subsidiarios
servicios y los propietarios de los elementos manipulados.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2005 En vigor BOE-A-2005-2357 Leer Qué cambió
8 de abril de 1999 Texto original Leer

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