Legislación › Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias.
Artículo 41. Devengo.
Artículo 41. Devengo.
La tarifa se devengará en el momento de la puesta a disposición del equipo mecánico, de manipulación o de transporte correspondiente.
Legislación › Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias.
Artículo 41. Devengo.
La tarifa se devengará en el momento de la puesta a disposición del equipo mecánico, de manipulación o de transporte correspondiente.
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