LexTotal

Legislación › Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias.

Artículo 64.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 2007 y la del 29 de junio de 2014. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 64.
1. (Anulado)
2. El Plan Director Sectorial del Transporte de las Illes Balears considerará la posibilidad de utilización del aeródromo de Son Bonet dentro del sistema aeroportuario de las Illes Balears y contendrá las medidas correctoras de los impactos generados, especialmente de la contaminación acústica.
(Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de diciembre de 1999 En vigor BOE-A-1999-24423 Leer Qué cambió
29 de julio de 1999 BOE-A-1999-16485 Leer Qué cambió
29 de junio de 2014 BOE-A-2014-7536 Leer Qué cambió
27 de marzo de 2007 BOE-A-2007-6409 Leer Qué cambió
18 de abril de 1999 Texto original Leer

← Artículo 63 Índice Artículo 65 →