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Legislación › Ley 7/1999, de 8 de abril, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa i Formentera en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Disposición adicional quinta. Gratuidad del «Boletín Oficial de las Illes Balears».

Disposición adicional quinta. Gratuidad del «Boletín Oficial de las Illes Balears».

Será gratuita la publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» de los anuncios, acuerdos y de otros documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio y la gestión por los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera de las competencias atribuidas por la presente Ley.

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