Legislación › Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid.
Artículo 5. De los límites de la dispensación.
Artículo 5. De los límites de la dispensación.
La dispensación de medicamentos sólo podrá realizarse en los establecimientos y servicios previstos en los apartados 2.a) y b) del artículo 3.


