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Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid.
Derogada o sin vigencia Comunidad de Madrid · Publicada el 25 de mayo de 1999 · Último cambio el 22 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Del objeto de la Ley.
- Artículo 2. De las definiciones de ordenación y atención farmacéutica.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. De los niveles de atención farmacéutica.
- Artículo 4. De la actuación coordinada.
- Artículo 5. De los límites de la dispensación.
- Artículo 6. Prohibiciones en la dispensación.
- Artículo 7. De los requisitos básicos de los establecimientos y servicios farmacéuticos.
- Artículo 8. De los requisitos de los procedimientos de autorización.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 9. De la definición, funciones y servicios de la oficina de farmacia.
- Artículo 10. Adquisición de medicamentos.
- Artículo 11. Custodia y conservación de los medicamentos.
- Artículo 12. Dispensación de medicamentos.
- Artículo 13. Elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
- Artículo 14. Información sobre medicamentos.
- Artículo 15. Colaboración con la autoridad sanitaria.
- Artículo 16. Elaboración de protocolos de actuación en la atención farmacéutica.
- Artículo 17. Seguimiento farmacoterapéutico de los pacientes.
- Artículo 18. Farmacovigilancia.
- Artículo 19. Funciones relacionadas con la prevención de la enfermedad y promoción de la salud.
- Artículo 20. Registro, tramitación y archivo de los documentos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Artículo 21. Actuación coordinada con el área de salud.
- Artículo 22. Funciones y servicios en relación a los medicamentos veterinarios.
- Sección 2
- Artículo 23. Presencia y actuación profesional del Farmacéutico.
- Artículo 24. Del Director técnico, regente, sustituto y adjunto.
- Artículo 25. De la obligación de contratación de Farmacéuticos adjuntos.
- Artículo 26. Nombramiento de Farmacéutico adjunto, sustituto y regente. 3 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Artículo 27. Requisitos para el nombramiento del personal técnico de la oficina de farmacia.
- Artículo 28. Cese del Farmacéutico adjunto, sustituto y regente.
- Artículo 29. Locales e instalaciones.
- Artículo 30. Identificación y señalización.
- Sección 3
- Artículo 31. Horarios de apertura y servicios de guardia de las oficinas de farmacia. 3 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Sección 4
- Artículo 32. Criterios de planificación.
- Artículo 33. Distancias.
- Artículo 34. Procedimiento de autorización de oficina de farmacia.
- Artículo 35. Traslado voluntario de oficinas de farmacia.
- Artículo 36. Traslado forzoso de la oficina de farmacia.
- Artículo 37. Procedimiento de traslado.
- Sección 5
- Artículo 38. Transmisión inter vivos.
- Artículo 39. Transmisión mortis causa.
- Artículo 40. Limitaciones al derecho de transmisión. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 41. Regencia en caso de fallecimiento del titular.
- Artículo 42. Regencia en otros casos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Sección 6
- Artículo 43. Criterios básicos. 3 redacciones · cambió el 30/12/2013
- Sección 7
- Artículo 44. Modificación de instalaciones y local.
- Sección 8
- Artículo 45. Cierre voluntario temporal o definitivo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 46. Definición y requisitos básicos.
- Artículo 47. Requisitos de la autorización.
- Artículo 48. Cierre del botiquín.
- CAPÍTULO III
- Artículo 49. Concepto, requisitos y funciones de los Servicios Farmacéuticos de Atención Primaria.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 50. Conceptos básicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 51. Los Servicios de Farmacia de Hospital.
- Artículo 52. Depósitos de Medicamentos de Hospital.
- Artículo 53. Depósitos de Medicamentos extrahospitalarios en instituciones sanitarias sin internamiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 54. Conceptos básicos.
- TÍTULO IV
- Artículo 55. Conceptos básicos.
- TÍTULO V
- Artículo 56. Comisión de Formación Continuada en oficinas de farmacia.
- TÍTULO VI
- Artículo 57. Incompatibilidades profesionales. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
- TÍTULO VII
- Artículo 58. De la promoción y publicidad de los medicamentos.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 59. Inspección.
- Artículo 60. Medidas cautelares.
- CAPÍTULO II
- Artículo 61. Infracciones.
- Artículo 62. Sanciones.
- Artículo 63. Otras medidas.
- Artículo 64. Prescripción y caducidad.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición transitoria novena.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]
- [Información relacionada]


