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Legislación › Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La Consejería competente en materia de artesanía podrá adoptar cuantas medidas considere oportunas, para el conocimiento actualizado y fomento del sector artesanal madrileño, previo informe al Consejo Madrileño para la Promoción de la Artesanía.

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