Legislación › Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
La aprobación del repertorio de actividades y oficios artesanos que figura como anexo a la presente Ley no supondrá la congelación de rango del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.3 de esta Ley.
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