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Legislación › Ley 8/1999, de 28 de abril, de Comarcas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 28. Régimen Jurídico.

Artículo 28. Régimen Jurídico.

El Consejo Comarcal y todos sus órganos ejercerán las atribuciones y ajustarán su funcionamiento a la presente Ley, a la legislación de régimen local y a su Reglamento Orgánico.

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