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Legislación › Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 7. Creación y autorización de museos y colecciones.

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Artículo 7. Creación y autorización de museos y colecciones.
1. Los organismos públicos y las personas físicas o jurídicas que creen un museo o acuerden exponer al público una colección deberán garantizar el mantenimiento, conservación y exhibición de los bienes de interés cultural que integren sus fondos, en la forma prevista en esta Ley y en sus disposiciones de desarrollo en la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en la legislación básica del Estado.
2. A tal efecto, solicitarán de la Consejería de Educación y Cultura autorización para la apertura del museo o colección, que se tramitará en el plazo de tres meses, y se otorgará cuando las instalaciones y el proyecto de creación se adecuen a lo dispuesto en las normas reglamentarias de desarrollo de esta Ley, entendiéndose concedida por el transcurso de dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa. (Derogado).
3. Los requisitos mínimos para la concesión de la autorización para la creación de un museo son los siguientes:
a) Inmueble adecuado destinado a la sede del museo con carácter permanente.
b) Colección suficiente y adecuada al ámbito y objetivos del museo.
c) Fondos accesibles para la investigación, consulta, enseñanza, divulgación y disfrute público.
d) Exposición ordenada y sistemática de las colecciones, con explicación mínima de las mismas.
e) Inventario de todos sus fondos.
f) Horario estable de visita pública.
g) Dirección, conservación y mantenimiento a cargo del personal cualificado.
h) Presupuesto fijo y suficiente que garantice su funcionamiento.
i) Estatutos y normas de organización y gobierno, cuando se trate de museos gestionados por las Administraciones Públicas.
4. La Comunidad de Madrid velará porque los edificios que sean sede de museos sean accesibles y utilizables por personas con movilidad reducida.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de abril de 2001 En vigor BOE-A-2001-11964 Leer Qué cambió
23 de abril de 1999 Texto original Leer

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