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Legislación › Ley 8 /1999, de 27 de abril, de Creación de las Escalas de Profesores Numerarios y Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

1. (Anulado)

2. El personal al que se refiere el apartado anterior que no supere dicha prueba selectiva tendrá el derecho a continuar prestando servicios en la Administración autonómica, manteniendo su situación jurídica anterior, y a la valoración de los servicios efectivos prestados en otras dos convocatorias consecutivas.

3. (Anulado)

Se declara insconstitucionales y nulos los apartados 1 y 3, por Sentencia 113/2010, de 24 de noviembre. BOE-A-2010-19811

Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados 1 y 3, por Auto de 7 de febrero de 2000. BOE-A-2000-3193

Se suspende la vigencia y aplicación de los apartados 1 y 3 desde el 4 de agosto de 1999 para las partes en el proceso y desde el 24 de septiembre de 1999 para los terceros, por providencia de 15 de septiembre de 1999 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 3536/1999. BOE-A-1999-19185

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de diciembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-19811 Leer Qué cambió
17 de febrero de 2000 BOE-A-2000-3193 Leer Qué cambió
24 de septiembre de 1999 BOE-A-1999-19185 Leer Qué cambió
8 de mayo de 1999 Texto original Leer

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