Legislación › Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.
Disposición adicional quinta. Identificación de propietarios.
Disposición adicional quinta. Identificación de propietarios.
A efectos de la tramitación de los procedimientos urbanísticos, las referencias a los propietarios contenidas en esta Ley se entenderán hechas a los que consten en el Registro de la Propiedad y, en caso de fincas no inmatriculadas, a los titulares que consten en el Catastro.
Se añade por el art. 9.3 de la Ley 4/2008, de 15 de septiembre. BOE-A-2008-16156.
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