Legislación › Orden de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional.
Artículo 12. Calificación de los ejercicios.
Artículo 12. Calificación de los ejercicios.
(Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo, derogado por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, BOE-A-2019-2289, se continuará aplicando en la realización de los exámenes para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2022, según establece la disposición transitoria 5 del citado Real Decreto, en la redacción dada por la disposición final 7 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. BOE-A-2020-7432
Redacción anterior:
"1. Los ejercicios previstos en este capítulo se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con las siguientes reglas de valoración:
En la primera parte de cada ejercicio, las preguntas tipo «test» correcta o erróneamente contestadas se valorarán con 0,04 y -0,02 puntos cada una, respectivamente. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.
En la segunda parte de cada ejercicio, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto.
2. Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una puntuación no inferior a 2 en la primera parte ni a 3 en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6."
Se deroga por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero. BOE-A-2019-2289
Téngase en cuenta que este artículo se continuará aplicando en la realización de los exámenes para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2022, según establece la disposición transitoria 5 del citado Real Decreto, en la redacción dada por la disposición final 7 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. BOE-A-2020-7432
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de febrero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-2289 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 1999 | Texto original | Leer |


