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Legislación › Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica.

Artículo 15. Nombramiento de regente, sustituto y adjunto.

Artículo 15. Nombramiento de regente, sustituto y adjunto.

La autorización del nombramiento de regente, sustituto y adjunto se concederá por la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales previa comprobación de que el designado por el titular, herederos o representante legal cumple con las condiciones exigidas en la presente Ley y con aquellas otras que reglamentariamente se determinen.

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