Legislación › Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunidad Valenciana.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
1. Se autoriza al Gobierno Valenciano a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
2. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno Valenciano deberá aprobar los reglamentos de desarrollo de la misma.
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