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Legislación › Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunidad Valenciana.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».

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