Legislación › Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunidad Valenciana.
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Téngase en cuenta que se habilita al Consell para que por decreto publicado únicamente en el "Diario Oficial de la Generalidad Valenciana", puede revisar o actualizar las cuantías y porcentajes regulados en el art. 21.6 de esta Ley, según establece la disposición final segunda.


