Legislación › Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías, con origen o destino en las Illes Balears.
Artículo 14. Inspección y control.
Artículo 14. Inspección y control.
La Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears efectuará comprobaciones periódicas, mediante muestreos aleatorios en proporción al número de compensaciones reconocidas, del contenido de los datos reflejados en las declaraciones a las que se refiere el artículo 8.4.
Se modifica por el art. único.10 del Real Decreto 232/2020, de 4 de febrero. BOE-A-2020-2163
Se añade por el art. 2.2 del Real Decreto 101/2002, de 25 de enero. BOE-A-2002-2329.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de marzo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-2163 | Leer | Qué cambió |
| 7 de febrero de 2002 | BOE-A-2002-2329 | Leer |


