Legislación › Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas.
Artículo 22. Créditos subordinados.
Artículo 22. Créditos subordinados.
Los créditos por préstamos hechos por los accionistas, consejeros y demás administradores de una sociedad anónima deportiva a favor de ésta tendrán la consideración de subordinados respecto de los demás en los que la sociedad figure como deudora.


