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Legislación › Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas.

Artículo 22. Créditos subordinados.

Artículo 22. Créditos subordinados.

Los créditos por préstamos hechos por los accionistas, consejeros y demás administradores de una sociedad anónima deportiva a favor de ésta tendrán la consideración de subordinados respecto de los demás en los que la sociedad figure como deudora.

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