Legislación › Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Artículo 22. Infracciones y sanciones.
Artículo 22. Infracciones y sanciones.
El incumplimiento de lo establecido en el presente Real Decreto será calificado y sancionado de conformidad con el Título V «Infracciones y sanciones» de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.


