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Legislación › Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

Artículo 26. El presidente de la Cámara de Cuentas.

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Artículo 26. El Presidente de la Cámara de Cuentas.
1. El Presidente de la Cámara de Cuentas será elegido, por un período de seis nueve años, por mayoría absoluta de los Consejeros. dos terceras partes de la Asamblea de Madrid. Será nombrado por el Presidente de la Asamblea de Madrid, publicándose en el «Boletín “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». Madrid”.
2. El Presidente cesa en el cargo si pierde la condición de Consejero.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-10766 Leer Qué cambió
16 de mayo de 2019 BOE-A-2019-10101 Leer Qué cambió
13 de junio de 1999 Texto original Leer

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