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Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 20 de julio de 1999 · Último cambio el 29 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza de la Cámara de Cuentas.
- Artículo 2. Ámbito de actuación. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 3. Organización.
- Artículo 4. Funciones. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Contenido de la función fiscalizadora.
- Artículo 6. Alcance de la función fiscalizadora.
- Artículo 7. Técnicas de fiscalización.
- Artículo 8. Informes de fiscalización. 3 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Artículo 9. Contenido de los informes de fiscalización. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 10. Iniciativa fiscalizadora y tramitación de oficio.
- Artículo 11. Deber de colaboración. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Artículo 12. Audiencia. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 13. Responsabilidad contable.
- Sección 2
- Artículo 14. Fiscalización de la Cuenta General y Cuentas Parciales de la Comunidad de Madrid. 2 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Artículo 15. Fiscalización de las Cuentas de las Corporaciones Locales.
- Artículo 16. Cuentas de los demás sujetos integrantes del sector público madrileño. 2 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Artículo 17. Cuentas de subvenciones, créditos y otras ayudas públicas.
- Artículo 18. Remisión de las Cuentas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Sección 3
- Artículo 19. Fiscalización de contratos.
- Sección 4
- Artículo 20. Fiscalización del Patrimonio.
- Sección 5
- Artículo 21. Fiscalización de los créditos extraordinarios y suplementarios y modificaciones de los créditos presupuestarios iniciales.
- TÍTULO III
- Artículo 22. Función consultiva.
- TÍTULO IV
- Artículo 23. Órganos de la Cámara de Cuentas.
- Artículo 24. Consejo de la Cámara de Cuentas. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 25. Funciones del Consejo.
- Artículo 26. El presidente de la Cámara de Cuentas. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 27. Funciones del Presidente.
- Artículo 28. El vicepresidente. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 29. Funciones del vicepresidente. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 30. Funciones de los consejeros. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 31. El Secretario General. 2 redacciones · cambió el 30/12/2005
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 32. Elección de los consejeros. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 33. Requisitos para la elección y causas de inelegibilidad. 3 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Artículo 34. Incompatibilidades de los Consejeros.
- Artículo 35. Pérdida de la condición de Consejero. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Artículo 36. Abstención y recusación de los Consejeros.
- CAPÍTULO II
- Artículo 37. Régimen jurídico.
- Artículo 38. Personal funcionario y eventual. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 39. Representación y participación del personal.
- Artículo 40. Relaciones de puestos de trabajo y oferta de empleo público.
- Artículo 41. Selección, provisión de puestos y extinción de la relación de servicios.
- Artículo 42. Retribuciones.
- Artículo 43. El Interventor de la Cámara de Cuentas.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 44. Relaciones con la Asamblea.
- CAPÍTULO II
- Artículo 45. Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 46. Relaciones con la Administración General e Institucional de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 47. Relaciones con los demás sujetos integrantes del sector público madrileño.
- Artículo 48. Procedimiento e importe de las multas coercitivas.
- Artículo 49. Transparencia.
- Disposición adicional primera. Procedimiento administrativo.
- Disposición adicional segunda. Régimen supletorio.
- Disposición adicional tercera. Referencias legislativas al Tribunal de Cuentas.
- Disposición adicional cuarta. Provisión de puestos por funcionarios de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Disposición adicional quinta. Contratación externa.
- Disposición adicional sexta. Designación de los Consejeros.
- Disposición adicional séptima. Términos genéricos.
- Disposición adicional octava. Sistema informático.
- Disposición transitoria primera. Habilitación presupuestaria.
- Disposición transitoria segunda. Iniciación de las funciones de la Cámara de Cuentas.
- Disposición transitoria tercera. El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final. Entrada en vigor de la Ley.
- Firma


