Legislación › Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 16. Cuentas de los demás sujetos integrantes del sector público madrileño.
Artículo 16. Cuentas de los demás sujetos integrantes del sector público madrileño.
Los demás sujetos integrantes del sector público autonómico quedan sometidos a la obligación de rendir a la Cámara sus cuentas, por conducto de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y con arreglo a su respectivo régimen de contabilidad, en el plazo establecido en el artículo 158 de la Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Se modifica por la disposición final 4.3 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre. BOE-A-2026-3217
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-3217 | Leer | Qué cambió |
| 13 de junio de 1999 | Texto original | Leer |


