Legislación › Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 15. Fiscalización de las Cuentas de las Corporaciones Locales.
Artículo 15. Fiscalización de las Cuentas de las Corporaciones Locales.
1. Las Corporaciones Locales rendirán directamente sus cuentas a la Cámara de Cuentas, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, dentro del mes siguiente a su aprobación por el Pleno.
2. El informe sobre las cuentas locales incluirá la Declaración a que se refiere el apartado 3 del artículo anterior.


