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Legislación › Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

Artículo 49. Transparencia.

Artículo 49. Transparencia.

1. La Legislación vigente en materia de transparencia será de aplicación a los actos y disposiciones de la Cámara de Cuentas en materia de personal, administración y gestión patrimonial sujetos al derecho público.

2. En relación con las funciones de fiscalización y asesoramiento, la Cámara de Cuentas deberá publicar en la correspondiente sede electrónica o página web los siguientes documentos:

a) La relación de organismos, entes y otras personas jurídicas sujetos a fiscalización en cada ejercicio, por su pertenencia al sector público madrileño establecido en el artículo 2 de la presente Ley.

b) Las actas comprensivas de los acuerdos adoptados por el Consejo.

c) Los planes y programas de fiscalización aprobados por el Consejo.

d) Los informes de fiscalización y asesoramiento aprobados por el Consejo.

e) Las multas coercitivas impuestas y que hayan adquirido firmeza.

Se añade por el art. único.16 de la Ley 9/2019, de 10 de abril. BOE-A-2019-10101

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