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Legislación › Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid.

Artículo 18. Participación de la empresa en la cooperación para el desarrollo de la Comunidad de Madrid.

Artículo 18. Participación de la empresa en la cooperación para el desarrollo de la Comunidad de Madrid.

La empresa pública o privada madrileña podrá contribuir a los esfuerzos de la cooperación para el desarrollo de la Comunidad de Madrid, aportando su experiencia en los distintos sectores de su actividad. Su participación se articulará siempre en programas y proyectos de desarrollo que respeten los principios, objetivos y prioridades de la presente Ley, y siempre que se asegure el carácter no lucrativo de los mismos.

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