Legislación › Ley 15/1999, de 29 de abril, de las academias de ámbito de la Comunidad de Madrid.
Artículo 8. Funciones de las academias.
Artículo 8. Funciones de las academias.
Además de las funciones previstas en sus estatutos, las academias podrán actuar como órganos asesores de la Comunidad de Madrid y, en su caso, de las Corporaciones Locales, en las materias propias de su finalidad institucional.


