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Legislación › Ley 15/1999, de 29 de abril, de las academias de ámbito de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

Las academias creadas o reconocidas al amparo de la presente Ley, fuera del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, tendrán la consideración que la legislación del Estado les atribuya.

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