Legislación › Ley 15/1999, de 29 de abril, de las academias de ámbito de la Comunidad de Madrid.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
Las academias creadas o reconocidas al amparo de la presente Ley, fuera del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, tendrán la consideración que la legislación del Estado les atribuya.


