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Legislación › Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid.

Artículo 26. Horario en días laborables.

Artículo 26. Horario en días laborables.

Cada comerciante determinará libremente los días y el horario de apertura y cierre de sus establecimientos en el conjunto de los días laborables de la semana.

Se modifica por el art. 2.12 de la Ley 1/2008, de 26 de junio. BOE-A-2008-15147.

Se modifica por el art. 13.1 de la Ley 18/2000, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-5584.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de julio de 2008 En vigor BOE-A-2008-15147 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 BOE-A-2001-5584 Leer Qué cambió
19 de mayo de 1999 Texto original Leer

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