Legislación › Ley 17/1999, de 29 de abril, sobre aprovechamiento de pastos y rastrojeras para la protección de la ganadería extensiva.
Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria.
Todas las ordenanzas de pastos dictadas al amparo del Decreto 1256/1969 y legislación anterior, quedarán derogadas en el momento de constitución de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid y supresión de las Cámaras Locales.
← Disposición transitoria tercera Índice Disposición local primera →


