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Legislación › Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para la compensación del Consejo Consultivo de Electricidad.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para la compensación del Consejo Consultivo de Electricidad.

En tanto no se produzca la separación de actividades de producción, transporte y distribución, los representantes de las empresas eléctricas que realicen esas actividades en el Consejo Consultivo de Electricidad serán dos representantes propuestos por UNESA.

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