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Legislación › Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.

Artículo 11 bis. Obligaciones en materia de información sobre PCB.

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Artículo 11. 11 bis. Obligaciones de los gestores en materia de residuos. información sobre PCB.
1. Las empresas de recogida, descontaminación y eliminación de PCB usados, PCB y aparatos que contengan PCB dispondrán Los Organismos de autorización otorgada por el órgano competente Control Autorizados o Entidades Colaboradoras de la comunidad autónoma que la inscribirá Administración en el Registro de producción y gestión materia de residuos previsto medio ambiente, así como en la Ley 10/1998, de 21 de abril, materia de Residuos. La determinación del órgano competente se realizará en los términos previstos reglamentación eléctrica, que detecten, en el artículo 13 las analíticas que realicen, concentraciones de PCB que obliguen a la Ley 10/1998, de 21 de abril.
Estas empresas llevarán un Libro-registro
descontaminación o eliminación de su actividad, cuyo contenido se ajustará los aparatos que los contienen conforme a lo prevenido establecido en el artículo 13.3 de la Ley 10/1998, de 21 3 ter y el apartado 2 del artículo 8, deberán comunicarlo de abril, manera inmediata a las autoridades competentes en materia de Residuos. Dichas empresas deberán facilitar medio ambiente e industria, identificando los datos registrados relativos al órgano competente de la respectiva comunidad autónoma antes del 1 de marzo de cada año.
2. La entrada
aparato en el territorio nacional de PCB, PCB usados y aparatos que contengan PCB, para su descontaminación o eliminación, se ajustará a las normas sobre traslados de residuos establecidos en la citada Ley 10/1998 y en el Reglamento (CEE) 259/1993, han detectado dichas concentraciones: titular del Consejo, de 1 aparato, tipo de febrero, relativo a la vigilancia aparato (marca, modelo y control de los traslados número de residuos en el interior, a la entrada serie) y a la salida de la Comunidad Europea, ubicación, y en particular, en lo que se refiere a la disponibilidad de instalaciones fijas concentraciones de descontaminación o eliminación. PCB en el mismo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-22690 Leer Qué cambió
28 de marzo de 2010 BOE-A-2010-5037 Leer Qué cambió
29 de agosto de 1999 Texto original Leer

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